Continuando con lo iniciado en el artículo anterior, he aquí otras reglas de conducta para practicantes no iniciados o neófitos:
– El padrino o madrina puede decidir el momento de la iniciación de la persona, siempre teniendo en cuenta la voluntad del neófito de cumplir las reglas de dicha iniciación.
– El padrino o madrina deberá hacer llegar al neófito toda la información necesaria relativa a las reglas de Osha-Ifa, para que el futuro iniciado sepa a que atenerse. Al mismo tiempo, el padrino o madrina deberá responder a las preguntas y aclarar las dudas del futuro iniciado, teniendo cuidado de no revelar ciertos secretos que no deben ser confiados a los no iniciados.
– Con el previo acuerdo del futuro iniciado, el padrino o madrina dará coco a su ángel de la guarda con el fin de determinar quién será la oyugbona (segundo padrino o madrina). Después, se visitará a la oyugbona para informarle y preguntarle si está de acuerdo, para darle coco a su ángel de la guarda y ver si éste da su aprobación.
– El futuro iniciado deberá reunir las informaciones necesarias sobre su familia biológica, vivos o difuntos, para saber si alguno de ellos ha sido iniciado en Osha-Ifa, qué nivel de iniciación tenían y la rama religiosa a la que pertenecían. Esta información deberá ser transmitida padrino o madrina, cuando ellos lo soliciten.
– El padrino o madrina debe establecer la lista de familiares y amigos difuntos del futuro iniciado para que puedan ser invocados en las diferentes ceremonias y ritos. Asi mismo debe preparar la moyugba para su futuro ahijado con la relación de sus familiares difuntos y los de la familia religiosa a la cual va a pertenecer para que puedan ser invocados en el momento oportuno. El futuro iniciado deberá estudiarla.
– El futuro iniciado debe haber realizado las misas espirituales necesarias para la investigación de su cuadro espiritual.
– Antes de la iniciación de Yoko Osha, el padrino o madrino y su futuro ahijado deberán tener las reuniones necesarias para verificar que no falta ningún objeto para llevar a cabo las ceremonias y se deberán prever los medios de transporte para las ceremonias del río y de la plaza. Nada debe dejarse al azar.
– Tres días antes de Yoko Osha, el neófito o practicante no iniciado, deberá abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas y estupefacientes así como de mantener relaciones sexuales, no debe salir de noche y debe evitar participar en actos violentos.
– El derecho, es decir el dinero que el futuro iniciado paga por la consagración, debe ser producto del sacrificio personal de la persona y en ningún caso puede ser de procedencia ilícita ya ese dinero estaría maldecido y traería la desgracia tanto al iniciado como a su padrino o madrina.
– El padrino o madrina debe responsabilizarse de que se lleven a cabo tanto el registro como el ebbó de entrada y debe estar presente en ambos.
– Si el padrino de « mano de Orula » del futuro iniciado no tiene hecho Yoko Oshá, no tiene derecho a participar en todas las ceremonias de la consagración y el padrino o madrina debe ocuparse de ello.
– Durante la ceremonia de consagración, ninguna mujer puede estar menstruando aunque si la futura iniciada comienza a menstruar durante la ceremonia, ésta debe continuar.
– El iyawo (futuro iniciado) debe entender que la iniciación tiene una importancia capital. Es el nacimiento a una nueva vida donde después de las necesarias depuraciones y sacrificios irá adquiriendo conocimientos y nuevas aptitudes que le ayudarán a alcanzar el equilibrio espiritual.